viernes, 22 de noviembre de 2013

Los mitos sobre la piratería.




Del decálogo de mitos sobre la piratería, retomaré el décimo, a saber:


“10. Quien compra o accede a productos pirateados, es inmoral, dado que no le importa cometer un delito para acceder gratuitamente a algo por lo que otros (los ciudadanos éticos) están dispuestos a pagar.”
La acción inmoral en que incurren las personas que adquieren productos “piratas”, implica que se opone a la bondad, a las buenas costumbres, a lo que debe ser y contribuye a la sociedad.
En la búsqueda que realicé encontré una nota del Diario “El Informador” de Guadalajara, México, cuyo encabezado anuncia: “Siete de cada 10 tapatíos aceptan haber comprado productos apócrifos”, es decir, que se suponen “originales” (en esa lógica que opone los productos “originales” vs los “piratas”). Sin embargo, uno de los aspectos que cabe resaltar es que una característica de los productos “piratas” es que quienes los reproducen, venden y adquieren, si bien lo hacen sin autorización del autor(a) ─y de las compañías que los distribuyen y dicen ver afectadas su ventas─, en realidad, saben que los productos no son “originales”.
En esta nota se citan afirmaciones que hace el subdirector divisional de infracciones administrativas en materia de comercio del Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI), Román Iglesias Sánchez. Una de estas intenta responder a la pregunta ¿por qué las personas adquieren productos “piratas”?:
“Por qué lo hacen, es una pregunta difícil de responder, es como porqué se compran discos piratas. (…) El pretexto de que es más barato no es justificante, debemos concientizarnos del daño que le hacemos a los autores”.
Román Iglesias habla del daño que quienes adquiere este tipo de bienes materiales hacen a sus autores, no especifica el tipo de “daño”, pero implícitamente se puede inferir que se refiere al “daño” económico a la propiedad intelectual (por no pagar regalías). No obstante, no se considera que la distribución que escapa “de su control”, puede abrir mayores posibilidades para que la obra de dichos autores sea conocida por un número mayor de personas, que incluso, al sentirse interesadas puede ser consumidores potenciales.
Otra viñeta que me gustaría resaltar es la siguiente:
“Una empresa que utiliza un producto ilegal sabe lo que está haciendo. A lo mejor un ciudadano, no dimensiona el daño que le hace a una empresa”.
En esta afirmación Román Iglesias, hace explícito que la afectación que preocupa a la institución a su cargo,  no sólo es que los derechos del autor(a) se ven afectados, sino también los intereses de las empresas que distribuyen y comercializan los productos. Como se ha visto con frecuencia y en otros casos, los intereses que parecen defenderse a toda costa y que se castigan primordialmente no son en realidad los de las personas que generan las obras, sino de quienes las comercializan.
Finalmente, cabe preguntarse sí la inmoralidad y el daño que se argumentan en esta idea y en la nota que se menciona, recaen directa y exclusivamente sobre el autor(a).

lunes, 18 de noviembre de 2013

Reutilización de fotografías para homenajear a cinco mujeres.








Jaime Moore es una fotógrafa estadounidense de bodas y estilo de vida quien pensando y buscando alguna inspiración para retratar a su hija en su cumpleaños número cinco, reparó en que al menos el 95% de las ideas que encontró mostraban tutoriales de “Cómo vestir a su hija como una hermosa princesa Disney”, es decir, que un gran número de madres y padres “disfrazan” a sus hijas, basándose en personajes creados a partir de la obra de escritores, por ejemplo, el cuento de La Cenicienta escrito por Charles Perrault (1697), que a su vez deriva de otras versiones orales y escritas, por ejemplo Märchen de los hemanos Grimm, y que fue adaptado, para hacer el guión de la película de dibujos animados del mismo nombre, por Walt Disney (1950). Cabe mencionar, que este personaje reutilizado por Disney es famoso en la actualidad y se lucra con éste, ya que se reproduce en distintos productos como el conjunto de personajes que ahora se comercializan por la empresa de juguetes Mattel bajo el nombre de princesas Disney.


Estas princesas lejos de resultar una inspiración directa para esta fotógrafa, la llevaron a reflexionar sobre que si bien, es imposible no extasiarse con estas bellas mujeres de vida y cuerpo perfecto, eran simplemente personajes de cuentos. “Una fantasía poco realista para la mayoría de las niñas”. Entonces, comenzó a pensar en todas las mujeres que Emma, su hija, debía conocer. Mujeres reales que sin haberla conocido, han cambiado su vida para mejor. Jaime fascinada con la idea de que su hija entendiera el valor de estas mujeres que han ido en contra de todo para que actualmente ella y otras mujeres gocemos de libertades, decidió recrear el retrato de cinco íconos femeninos, correspondientes al número de años que cumpliría Emma. “Elegimos cinco mujeres increíbles, pero hay miles de mujeres y niñas que han tenido que vencer obstáculos y luchar por su igualdad de derechos en todo el mundo”, expresó la fotógrafa. Razón por la que Jaime Moore decidió dejar de lado las muñecas Barbies y las Princesas de Disney y mostrarle a su pequeña algunas de las grandes mujeres de carne y hueso que algún día puede llegar a ser.
Así, el 9 de mayo de este año Moore publicó en su página una serie de fotografías y un texto bajo el título Not just a girl. La propuesta de Jaime Moore, en sus palabras, fue:
“It started me thinking about all the REAL women for my daughter to know about and look up too, REAL women who without ever meeting Emma have changed her life for the better. My daughter wasn’t born into royalty, but she was born into a country where she can now vote, become a doctor, a pilot, an astronaut, or even President if she wants and that’s what REALLY matters. I wanted her to know the value of these amazing women who had gone against everything so she can now have everything. We chose 5 women (five amazing and strong women), as it was her 5th birthday but there are thousands of unbelievable women (and girls) who have beat the odds and fought (and still fight) for their equal rights all over the world……..so let’s set aside the Barbie Dolls and the Disney Princesses for just a moment, and let’s show our girls the REAL women they can be.”

De esta manera, Emma, la hija de Jaime aparece en la recreación de los retratos de mujeres increíbles y fuertes como: Susan B. Anthony (líder feminista), Coco Chanel (diseñadora), Amelia Earhart (aviadora), Helen Keller (autora, activista política y oradora) y Jane Goodall (naturalista, activista y primatóloga).

En el caso de la obra de Moore, si nos remitimos a lo establecido respecto al uso justo, podemos encontrar que sus fotografías, pese a ser una reproducción que busca una cierta fidelidad de la original, difiere del propósito de ésta, pues aunque no reconoce a los autores de los retratos de manera específica, muestra admiración por las mujeres que aparecen y quienes en cierto modo son: “autoras de su imagen, apariencia y legado” y no afecta los intereses comerciales de la obra, pues su propósito no es lucrar, si no  recrear instantáneas que le muestren a su hija y a otras personas “modelos reales” que conformen y transformen el deber ser de las mujeres en una sociedad permeada por estereotipos negativos, cumpliéndose entonces con la premisa de “ver la obra de una mejor manera o con un nuevo sentido”.
Es claro que Moore, cita y reconoce la pre-existencia del material, es decir, no pretende hacer creer a las personas que su obra es original en sí misma, pero la intención, puede serlo, ya que plantea una perspectiva diferente de la constante que resultó ser: caracterizar a las niñas como princesas Disney que al final de cuentas son estereotipos femeninos, mujeres que pueden establecerse como un “deber ser” para las nuevas generaciones. Así, Moore transforma los retratos de estas mujeres en algo completamente nuevo, en cuanto al sentido, con una intención y con un propósito diferente al de las imágenes en las que se basa.

martes, 12 de noviembre de 2013

Sobre el imaginario social del autor...





El recorrido histórico inicia en la idea de que regular el sistema de publicación de libros que se dirigía  limitar la impresión e importación de éstos. En el caso de esta nota, el abogado Jorge Mier y Concha explicó que en México el derecho que se adquiere al comprar un libro electrónico implica el uso del archivo correspondiente en un determinado dispositivo, es decir, su uso y difusión queda restringido y es exclusivo de quien puede pagarlo. Así, si bien se ve con claridad que cada sociedad tiene el o los imaginarios que le corresponden de acuerdo al contexto y que de éstos derivan las normas con las que se rige, en este ejemplo se observa que el derecho a la cultura se ve limitado, tal como en esos primeros años en que se comenzó a dar importancia a la autoría y a concebirla como un aspecto individual.


Se plantea la idea de que para combatir la piratería es necesario ofrecer productos de calidad y con precios accesibles, de manera que no se limite la difusión ni la adquisición de productos culturales. Lo anterior parece separar la propiedad de las obras de sus autores, pues lo que se resalta de forma implícita, en dicha afirmación, es que la piratería afecta, ante todo, los aspectos económicos, por lo que la reproducción de los productos artísticos que genera ganancias a otras personas diferentes a las autorizadas para lucrar, se considera un “robo”, pues afecta los intereses monetarios de quienes se actúan o se asumen como propietarios y no autores.
Como refuerzo de lo anterior se afirma que: “…si no existieran los derechos de autor quizá sería más fácil y barato el acceso a la cultura, empero se provocaría un descenso en la calidad.” Es decir, la calidad y el precio de los productos artísticos se unen de manera “natural” a modo de causa-efecto, es decir, si tiene un costo alto es porque tiene calidad y viceversa y lo que se pondera, nuevamente, es el costo y no que las personas puedan tener acceso a éstos independientemente de si tienen el poder adquisitivo o no.
En lo que toca al tema de los Derechos Humanos, en este artículo, que pone especial énfasis en el ámbito legal, se resaltan los derechos de autoría como parte del corpus de documentos que protegen los derechos inherentes a los seres humanos y sólo menciona, de paso, el derecho de acceso a la cultura. Aún con esta perspectiva que considera la importancia de que las personas puedan disfrutar de las obras artísticas, resulta imprescindible “defender” los derechos de la autoría que sirven como “escudo” de los intereses de quienes se asumen como “dueños” de los productos e ideas de los artistas, en pos de defender la ganancia económica.
Artículo de Referencia:  

Huesera (2022). La maternidad será deseada o no será.

 Por: Maricruz Gómez Huesera  (México - Perú, 2022), ópera prima de Michelle Garza Cervera (CCC), inicia con una pantalla en negro y el soni...